El «acuerdo social» en defensa de… la sumisión
El famoso “diálogo social” con el que nos bombardean desde todos los ámbitos institucionales (gobierno, patronal, cúpulas sindicales, diversos medios de comunicación) empieza a dar sus frutos…
El 12 de mayo entraba en vigor el Real Decreto-Ley “de medidas sociales en defensa del empleo”, por el que se desvirtúan las medidas anteriores vendidas a bombo y platillo como las que “no dejaban a nadie fuera” de la cobertura social y se ocupaban del “mantenimiento del empleo”.
El RD 18/2020 avala la continuidad de los ERTE por fuerza mayor fijando un límite temporal hasta el 30 de junio de 2020, aunque posibilita que el empresario que ya venía aplicando un ERTE pueda cambiar la suspensión de los contratos de trabajo por reducciones de jornadas para permitir a las empresas ajustarse a “la oferta y la demanda” según se vaya recuperando la actividad, y se posibilita la prórroga de los ERTE y sus medidas complementarias ante una ampliación de la situación excepcional actual. Igualmente, las medidas del anterior RD que podrían considerarse gravosas para la patronal se quedan en mero papel mojado ya que, por ejemplo, se señala que “las entidades con domicilio en paraísos fiscales” no pueden acudir a los ERTE por fuerza mayor, pero no se hace ninguna referencia a los “grupos de empresa” y otras sociedades mercantiles que son las pantallas que actualmente se utilizan mayoritariamente. Las empresas que se acojan a un ERTE por fuerza mayor no podrán repartir dividendos, salvo si se abonan las exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social a las que tendrían derecho por acogerse a dichos ERTE.
En cuanto a la tan cacareada “salvaguarda del empleo durante los 6 meses siguientes a la finalización del ERTE” queda ahora notablemente recortada en el tiempo, puesto que esos 6 meses se computarán desde que se restablezca la actividad, aunque esta sea parcial, con reducción de jornada. En caso de que se produzca un incumplimiento por parte de las empresas, despidiendo o extinguiendo los contratos de trabajo afectados por un ERTE, solo tendrán que devolver las cuotas a la seguridad social de las que las empresas se hubieran beneficiado, sin ninguna otra sanción adicional y, por último, dicha cláusula de salvaguarda del empleo se aplicará “en función de las circunstancias del sector” refiriéndose en particular a aquellas empresas con alta variabilidad o estacionalidad en el empleo, y no afectará a las empresas en riesgo de concurso de acreedores. de nuevo de manera insultante.
A un “acuerdo social” se llega desde la negociación entre las partes con diferentes aspiraciones y objetivos y no desde la sumisión. Este “pacto con el diablo” por parte de este Gobierno y sus sindicatos (que no los de la clase obrera) es resultado de la claudicación y el sometimiento a la voluntad e intereses de los que continúan realmente ejerciendo el poder real: la banca y la gran empresa.
Del espectáculo circense que nos ofreció el pasado 20 de mayo el Parlamento con el ruin trilerismo de firmar la derogación “íntegra” de la Reforma Laboral del 2012 (del PP) para –unas horas después de conseguirse las pretensiones gubernamentales– anular impunemente esa firma sustituyendo el acuerdo por “la derogación de los aspectos más lesivos”, ocultando de manera insultante que esa reforma y, aún más, la del 2010 (del PSOE), son lesivas en su totalidad para clase trabajadora; de ese circo, como decimos, solo cabe una lectura: LA CLASE OBRERA DEBERÁ LUCHAR EN LA CALLE LA CONSECUCIÓN DE SUS DERECHOS YA QUE, DE HECHO, NO TIENE REPRESENTACIÓN NINGUNA EN EL PARLAMENTO.
Por esto mismo, y de manera urgente, llamamos a las y los trabajadores a tomar las calles y movilizarse de la manera más amplia que jamás haya conocido este Estado (puesto que la gravedad de la situación se remonta a los niveles de la Guerra Civil, según el mismo Banco de España) y exigir, imponer, con el poder que solo la clase obrera, verdadero motor de la economía, posee:
- Medidas que realmente protejan la estabilidad del empleo en condiciones dignas.
DEROGACIÓN TOTAL DE LA REFORMA LABORAL DE 2010 Y SUCESIVAS:
“PRESUNCIÓN DE NULIDAD” DE TODOS LOS DESPIDOS, ¡YA!
- Medidas que incentiven la creación y reconversión del empleo en los sectores más afectados.
- Medidas de protección y cobertura para toda la población en exclusión social y en riesgo de ello.
No hay conciliación posible: “o se salvan ellos” asesinándonos a base de recortes en lo público y salvaje explotación laboral, o “nos salvamos nosotros”, imponiendo el control económico y desbaratando los planes de la banca y la patronal.
¡SOLO EL PUEBLO SALVA AL PUEBLO!
¡Y LA LUCHA DEL PUEBLO AHORA PASA POR LA MOVILIZACIÓN EN LA CALLE!